PRUEBA DE ADN
Febrero 15 de 2021
PRUEBA DE ADN
Febrero 15 de 2021
Prueba de ADN :Analizaremos un tema de gran relevancia, para padres, madres e hijos, que tienen dificultades para determinar sus nexos filiales o familiares, o desean determinar si son los verdaderos padres del menor.
Esta, es una prueba de carácter científico fundamental para determinar la paternidad. Pero que es el ADN ? Este lo podemos definir como una proteína compleja que se encuentra en el núcleo de las células y es el principal constituyente del material genético de los seres vivos.
La prueba de ADN, se convierte hoy en día en una prueba biológica de carácter científico tendiente a excluir o determinar la paternidad o maternidad.
Para demostrar o impugnar un caso de paternidad con la prueba de ADN,, se observa el siguiente procedimiento:
1- El primer paso es registrar a la persona interesada (madre, presunto padre, hijo, herederos del presunto padre si esta fallecido). Se procede a diligenciar los datos personales de cada una de las personas interesadas y se deja constancia con la copia de la cédula de ciudadanía
2- Se obtiene la muestra sanguínea y contramuestra para confirmar los marcadores en caso de duda.
3- El profesional del laboratorio extrae el ADN, mediante el método adecuado para almacenarlo a determinada temperatura que permita su conservación o amplificación.
4- Después de la verificación del ADN, se corren muestras en unos geles,, para lograrlas bandas específicas del presunto padre y de los demás individuos implicados, de la madre y del hijo.
5- Se lee cada una de las muestras, por dos o mas personas en tiempos distintos y se comparan los resultados para una mayor seguridad en la lectura.
6- Realizado el estudio se obtiene el perfil genético y se debe realizar el cálculo de probabilidad.
Los sistemas de marcadores y todos los reactivos utilizados en el laboratorio deben estar validados internacionalmente.
A raíz de la evolución científica el legislador expidió la ley 721 de 2.001, en la cual se determinó: «En todos los procesos para establecer paternidad o maternidad el juez de oficio ordenará la práctica de los exámenes que científicamente determinen índice de probabilidad superior al 99.9%». «Esto significa que si se realizaron 1.000 (mil) pruebas de paternidad de falsos padres en 999 se demostraría la exclusión y solamente en un caso de esos mil el falso padre no sería excluido.
la prueba de ADN, puede realizarse por fuera de un proceso es decir extraprocesalmente. Cuando se tienen dudas respecto a la paternidad o maternidad del hijo o se quiere reconocer.
Esta prueba puede realizarse en los laboratorios acreditados para el efecto, actualmente el más reconocido es el de la Universidad de Antioquia en la ciudad de Medellín y tiene un costo aproximado de $1.000.000, para el año 2.020.
Finalmente es importante manifestar que la Corte Constitucional estableció como prueba única o plena prueba, cuando se obtiene un ADN de 99.999%.
Por: Elena Zuluaga Giraldo, abogada de la firma en el área del derecho de familia